El máximo tribunal desestimó un recurso con el que la defensa buscaba que se contabilizaran como pena cumplida los dos años que permaneció en libertad condicional antes de que quedara firme la condena por lavado de dinero.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible un recurso presentado por la defensa de Martín Báez, quien pretendía que se computaran como parte de su condena los dos años que permaneció en libertad condicional antes de que la sentencia por lavado de activos adquiriera firmeza.

El planteo fue realizado en el marco de la causa conocida como la «ruta del dinero K» y ya había sido rechazado tanto por el Tribunal Oral Federal N° 4 como por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. Finalmente, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la queja mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.

Martín Báez había sido condenado en 2021 por lavado de activos y, tras una revisión de la Cámara de Casación en 2023, su pena fue reducida a seis años y seis meses de prisión, lo que permitió su excarcelación. Luego de que la Corte dejara firme la condena en 2025, esa situación fue convertida en libertad condicional.

Con la resolución conocida este jueves, el máximo tribunal dejó firme el criterio de las instancias anteriores y descartó que el período transcurrido bajo libertad condicional antes de la firmeza de la sentencia pueda ser considerado como parte del cumplimiento de la pena.