El máximo tribunal concluyó que no se acreditó un daño ambiental interjurisdiccional concreto en la causa iniciada por una asociación de superficiarios patagónicos.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó una demanda colectiva por presunto daño ambiental contra empresas petroleras que operan en Vaca Muerta al considerar que no se presentaron pruebas concretas que demostraran una afectación interjurisdiccional derivada de la actividad hidrocarburífera.
La acción había sido impulsada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA) contra compañías como YPF, Chevron, Pan American Energy, Pluspetrol, Vista Oil & Gas y otras firmas vinculadas a la explotación en la Cuenca Neuquina. También participaron en el expediente el Estado nacional y varias provincias.
En el fallo, el tribunal sostuvo que durante más de veinte años de trámite la parte demandante no logró precisar hechos concretos ni acreditar daños ambientales específicos sobre recursos compartidos entre distintas jurisdicciones. Los jueces señalaron además que la presentación incurrió en “vaguedad e imprecisión” respecto de las supuestas afectaciones denunciadas.
La sentencia cuestionó que la asociación pretendiera que las pericias judiciales identificaran posteriormente los focos de contaminación y determinaran las responsabilidades de cada empresa, sin haber aportado previamente evidencia suficiente sobre tiempo, lugar y modo de los hechos denunciados.
Los magistrados recordaron que en instancias anteriores ya se había advertido a la actora sobre la necesidad de presentar estudios ambientales o elementos técnicos que permitieran acreditar una afectación concreta y verificable. Sin embargo, concluyeron que las acusaciones se limitaron a planteos generales sobre contaminación derivada de la actividad petrolera.
ASSUPA reclamaba medidas de recomposición ambiental, la creación de un fondo de restauración y acciones preventivas frente a posibles daños colectivos. No obstante, la Corte consideró que no estaban dadas las condiciones para avanzar hacia una nueva etapa procesal y resolvió desestimar la demanda.



